Preguntas Frecuentes
Nuestros medios de pago son:
🌐PSE:
1. Ingresar a www.foncare.co
2. Seleccionar el botón PSE, te remitirá al Centro de Pagos Virtual.
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🏦Banco AV Villas: Cuenta de ahorros No. 078066040, y en Referencia(s) registrar el número de CC del asociado.
Si lo haces en oficina AV Villas, por favor hacerlo en formato de Recaudo Empresarial. Si requieres nuestro NIT es: 830.142.623-9. ‼️
Una vez realices el pago, debes enviar el soporte del pago al correo operaciones@foncare.co indicando a que concepto deseas que sea aplicado.
Es un sistema socioeconómico, cultural y ambiental conformado por un conjunto de organizaciones, que siendo de iniciativa privada, desarrollan fines de beneficio colectivo o social. No tienen como fundamento el enriquecimiento y su principal objetivo es el desarrollo integral de ser humano.
Según el decreto 1481 de 1989, los fondos de empleados son empresas asociativas, de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas por trabajadores dependientes y subordinados con las siguientes características:
1. Que se integren básicamente con trabajadores asalariados.
2. Que la asociación y el retiro sean voluntarios.
3. Que garanticen la igualdad de los derechos de participación y decisión de los asociados sin consideración a sus aportes.
4. Que presten servicios en beneficio de sus asociados.
5. Que establezcan la irrebatibilidad de las reservas sociales y, en caso de liquidación, la del remanente patrimonial.
6. Que destinen sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social y al crecimiento de sus reservas y fondos.
7. Que su patrimonio sea variable e ilimitado.
8. Que se constituyan con duración indefinida.
9. Que fomenten la solidaridad y los lazos de compañerismo entre los asociados. Los fondos de empleados fueron creados en Colombia hace mas de setenta años y gozan de la protección, fomento y desarrollo por parte del Estado. No son contribuyentes del impuesto de renta y complementarios mientras no desarrollen actividades industriales o comerciales y son administrados y controlados por sus propios asociados.
Los fondos de empleados se constituirán con un mínimo de diez (10) trabajadores en acto privado que se hará constar en acta armada por todos los asociados fundadores, con anotación de sus nombres, documentos de identificación y domicilios, en la cual se consagrarán:
1. La voluntad de creación de la entidad.
2. La aprobación del cuerpo estatutario que regirá al fondo de empleados y el sometimiento al mismo.
3. Los valores de los aportes iniciales de los fundadores.
4. El nombramiento de los miembros de la Junta Directiva.
5. El nombramiento del representante legal.
6. El nombramiento de los miembros del Comité de Control Social cuando se contemple este órgano.
7. El nombramiento del revisor fiscal.
Podrán ser asociados de los fondos los trabajadores que tengan el vinculo común consagrado en los estatutos. Igualmente, si así lo establecen estos, podrán serlo, los trabajadores dependientes del mismo fondo de empleados, los pensionados y los sustitutos de los pensionados que hubiesen tenido la calidad de asociados.
Todos los asociados tendrán los siguientes derechos fundamentales y los demás consagrados en los estatutos y reglamentos:
1. Utilizar o recibir los servicios que preste el fondo de empleados.
2. Participar en las actividades del fondo y en su administracion mediante el desempeño de cargos sociales.
3. Ser informados de la gestión del fondo de conformidad con lo establecido estatutariamente.
4. Ejercer actos de decisión en las asambleas generales, y de eleccion de estas, en la forma y oportunidad previstas en los estatutos y reglamentos.
5. Fiscalizar la gestión del fondo de empleados.
6. Retirarse voluntariamente del fondo.
Todos los asociados tendrán los deberes y obligaciones previstas en los estatutos y reglamentos con criterio de igualdad, salvo las contribuciones económicas que podrán graduarse teniendo en cuenta los niveles de ingreso salarial.
El patrimonio de los fondos de empleados estará conformado por aportes sociales individuales, las reservas y fondos permanentes, las donaciones y auxilios que reciban con destino a su incremento patrimonial y los excedentes del ejercicio que no tengan destinacion específica.
La inspección y vigilancia interna de los fondos estarán a cargo del revisor fiscal y el Comité de Control Social.
Sí, los asociados de los fondos de empleados deberán comprometerse a hacer aportes sociales individuales periódicos y ahorrar en forma permanente, en los montos que establezcan los estatutos o la asamblea. De la suma periódica obligatoria que deba entregar cada asociado, se destinará como mínimo una décima parte para aportes sociales. En todo caso, el monto total de la cuota periódica obligatoria no debe exceder el diez por ciento (10%) del ingreso salarial del asociado.
Sí, pero los aportes le serán devueltos cuando se produzca la desvinculación del asociado e igualmente, como regla general, los ahorros permanentes. Sin embargo, los estatutos podrán establecer reintegros parciales y periódicos de estos últimos.
Los fondos de empleados prestarán los servicios de ahorro y crédito en forma directa y únicamente a sus asociados, en las modalidades, los requisitos que establezcan los reglamentos y de conformidad con lo que dispongan las normas que reglamenten la materia. Los servicios de previsión, seguridad social y los demás previstos en su objeto social, excepto los de ahorro y crédito, podrán ser prestados por intermedio de otras entidades, preferencialmente de igual naturaleza o del sector cooperativo.
La prestación de servicios que beneficien a los asociados y al fondo de empleados, complementarios de su objeto social, podrá ser facilitada por este mediante la celebracion de contratos o convenios con otras instituciones.
Esta pregunta o sugerencia es recurrente, FONCARE, mes tras mes, revisa las tasas de interés, no solo del mercado, sino las de otros fondos de empleados y la nuestra están entre el 1% hasta el 1.6% nominal mes vencido (1,6% NMV) es muy competitiva y «limpia», entendiendo que no hay cobros de administración, papelería o manejos, como lo cobran los bancos.
Este producto es de ahorro y ya existe, se puede abrir mediante consignación o por nómina mes tras mes, con fecha de inicio y fecha final. En los casos de vivienda se puede al final apalancar para favorecer el cupo de crédito por esta línea.
Esta propuesta quedo resuelta con la creación del CRÉDITO DE BOLSILLO, mismo que va hasta el cincuenta por ciento (50%) del salario del asociado y se paga en el siguiente mes o en la siguiente nómina, dependiendo de los cierres de novedades.
Dado que existe como norma que los descuentos de nómina no pueden superar el 50% del salario del asociado, se tiene como «techo» que los pagos extras en primas por ejemplo, no deben superar el 30% del valor del crédito, pero cada asociado, puede cuando así lo desee, hacer pagos extras de su nómina o mediante botón PSE.
Si es posible y hemos invitado a los delegados y en general a todos los asociados, que hagan conocer aquellas empresas que tienen productos y servicios de óptima calidad con precios razonables para que hagan parte de nuestros proveedores. En la sección de CONVENIOS, están muchos de ellos, pero también vamos a revisar y a retomar los contactos con las cajas de compensación – principalmente – a petición de la Asamblea. Pero puedes participar con un convenio que considere ofrezca beneficios.
Recuerda que actualmente cuentas con muchos beneficios por ser asociado a FONCARE como tus rendimientos, bonos de antigüedad, bonos de asociación, portafolio de crédito y servicios, entre otros, que dejarás de tener si te desvinculas.
Lamentamos mucho tu decisión, si hay algo en lo que podamos ayudarte, cuéntanos para orientarte.
Si deseas continuar con tu desvinculación es necesario que nos envíes un correo electrónico al Auxiliar de servicio al asociado info@foncare.co indicándonos la siguiente información y así formalizar tu solicitud de retiro:
- Numero de documento de identidad:
- Email personal:
- N° celular:
- N° fijo:
- Ciudad domicilio:
- Dirección domicilio:
- Sede laboral o Unidad Renal:
- Motivo del retiro:
- Sugerencias:
- Datos Bancarios: (Adjunta tu certificación bancaria vigente)
- Adjuntar imagen legible de tu documento de identidad por ambas caras.